Todos buscamos la respuesta a esta sencilla pregunta sobre la cual gira el artículo, ¿Impuestos que no pagan los discapacitados? La cual vamos a repasar a continuación. Hay que aclarar que estos impuestos se eliminan de los pagos de ciertas personas como una forma de ayuda para los ciudadanos cuyos medios se ven limitados por una discapacidad.
Para las personas con discapacidad se ponen a disposición de las personas con discapacidad una serie de ventajas fiscales, ventajas, deducciones y ayudas relacionadas con el empleo con el fin de promover su inclusión en la sociedad.
En este ámbito hay que destacar las exenciones y deducciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). El único requisito para acceder a estos beneficios fiscales es que la persona física disponga de un certificado que acredite un grado de invalidez de al menos el 33%.
- Grado de minusvalía igual o superior al 33%.
- Grado de minusvalía igual o superior al 65%.
Por lo tanto, las personas con discapacidad pueden aprovechar una serie de deducciones y exenciones del impuesto sobre la renta personal como una forma de ayudar a tratar de terminar, o al menos remediar, estas desigualdades.
Estas adaptaciones para personas con discapacidad tienen como objetivo disminuir las disparidades que experimentan, como la dificultad para encontrar empleo o los altos costos de los suministros médicos e higiénicos.
Cabe recordar que el trámite para la obtención de la tarjeta de discapacidad se puede realizar online. Para ello se puede utilizar la web de cada Comunidad Autónoma. Entre las ayudas a las que nos referimos están las pensiones, las prestaciones por desempleo y las obras de adecuación del hogar.
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El grado de discapacidad
La valoración del grado de discapacidad se expresa en porcentaje. Responde a normas técnicas uniformes establecidas por la Administración Pública y evalúa tanto las discapacidades que presenta un individuo como los factores sociales complementarios (entorno familiar, laboral, educativo y cultural), que pueden dificultar su integración social.
Se realiza una evaluación de las capacidades físicas, mentales y sensoriales de una persona para determinar su nivel de discapacidad. Los tribunales médicos que lo certifican (los EVO o Equipos de Valoración y Orientación) deben ser multidisciplinares y estar integrados por un médico, un psicólogo y un asistente social porque en la determinación del grado de discapacidad también aparecen otros factores de diversa índole.
Las Comunidades Autónomas o el Instituto de Migraciones y Servicios Sociales a través de diversas instituciones adscritas son las últimas en certificar el grado de discapacidad según los distintos informes.
También podrán optar por realizar revisiones periódicas de este grado de discapacidad si lo consideran necesario con antelación a posibles cambios, aunque nunca se establecerá el tiempo mínimo entre el diagnóstico inicial y la revisión para determinar si la discapacidad ha mejorado o empeorado, en un término de menos de dos años.
El Real Decreto 1971/1999, publicado en el BOE el 26 de enero de 2000, incluye el procedimiento para el reconocimiento legal, declaración y calificación del grado de discapacidad.
Impuestos que no pagan las personas con diversidad funcional
Los beneficios fiscales pueden reducir directamente o incluso eliminar por completo el impuesto. Los beneficios fiscales más frecuentes son los siguientes para aquellos con discapacidades iguales o superiores al 33%:
- Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).
- Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).
- Impuesto de circulación y de matriculación.
- Impuesto de Transmisiones Patrimoniales.
Impuestos sobre el valor añadido (IVA)
La reducción del IVA, o impuesto sobre el valor añadido, es uno de los aspectos fiscales de la certificación de invalidez. Aun así, hay una serie de factores enredados de los que depende la mayoría de estas ventajas, factores como su edad, nivel de discapacidad y otros aspectos personales o legales.
Un impuesto de estilo estatal llamado IVA se aplica a los artículos que se compran y venden. Como persona con discapacidad, debe presentar una solicitud para el beneficio fiscal del IVA a través de la autoridad fiscal.
Puedes hacerlo online o presencialmente en cualquiera de sus oficinas, así como en su página web. Necesitas el certificado de discapacidad para esto. ¿Qué es lo que te ofrece este abanico de ventajas? Su pago de IVA se reduce para bienes y servicios como vivienda, transporte y atención médica.
Sin embargo, para calificar para ellos, debes tener al menos un 33 por ciento de discapacidad. Los beneficios fiscales asociados con el impuesto al valor agregado generalmente se pueden dividir en cuatro categorías:
- Un IVA más bajo en la compra, modificación o reparación de vehículos. En general, se aplica un impuesto sobre las ventas del 4 % a la venta de vehículos utilizados para transportar personas con discapacidades, incluidas aquellas que dependen de sillas de ruedas o tienen movilidad limitada. Los servicios de modificación o reparación de vehículos también podrían ser ventajosos.
- Rampas y elevadores para sillas de ruedas. Además, están sujetas a un impuesto del 10 % las plataformas elevadoras, los elevadores de sillas de ruedas, los adaptadores para sillas de escaleras, las rampas portátiles y las barras auto soportadas. También se utilizará en proyectos de rehabilitación de edificios para que pueda ser accesible a personas con discapacidad.
- Productos de apoyo y sanitarios. Los implantes internos, prótesis y aparatos ortopédicos están sujetos a un impuesto del 4 por ciento, mientras que otros artículos relacionados con la salud como anteojos, sillas de ruedas, monitores automáticos de glucosa, muletas y andadores están sujetos a un impuesto del 10 por ciento.
- Viviendas, apartamentos y asistencia domiciliaria. Para aquellos que tienen discapacidades, se consideran servicios cruciales. En consecuencia, tributa al 4%, al igual que en instancias anteriores.
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)
Según la Agencia Estatal de Administración Tributaria, las personas con discapacidad y ocasionalmente sus familiares tienen acceso a una serie de deducciones o exenciones a la hora de presentar la declaración de la renta, también conocida como IRPF. El IRPF es un impuesto anual que se paga en función de los ingresos y circunstancias de cada persona.
Cuando perciben una pensión o prestación, las personas con discapacidad están exentas del pago del IRPF. Por supuesto, siempre que tenga una discapacidad grave o permanente reconocida. Lo mismo ocurre cuando la persona ha recibido ayudas, prestaciones o pagos de instituciones o administraciones públicas.
Cuando la persona discapacitada percibe un pago único de prestaciones por desempleo, también está exento de pagar este impuesto.
Por último, pero no menos importante, hay que tener en cuenta que en el apartado de exenciones, no estarán obligados a tributar por el IRPF las rentas derivadas de prestaciones recibidas en forma de rentas en planes de pensiones o que procedan de bienes protegidos.
No todo el mundo tiene la misma declaración de la renta. Las deducciones, reducciones y mínimos para el individuo y la familia sirven para recompensar diversas inversiones y circunstancias personales. Uno de ellos es la presencia de una discapacidad o minusvalía, que da derecho a deducciones fiscales tanto a nivel estatal como autonómico.
- Gastos médicos y rentas del trabajo en especie.
La compensación laboral en forma de primas o pagos hechos a plazos por el empleador a los proveedores de seguros para la cobertura de salud está exenta.
Las pólizas de seguro del empleado, cónyuge y descendientes se verán afectadas por esta deducción por invalidez. El seguro de una persona no puede costar más de 500 euros, y una persona con discapacidad puede pagar hasta 1.500 euros.
- Ganancias de emprendimientos comerciales.
En las actividades económicas de estimación directa, se deduce el coste de las primas de seguros de enfermedad abonadas por el contribuyente en la parte correspondiente a su propia cobertura hasta 1.500 euros.
También se puede deducir el seguro del cónyuge e hijos dependientes menores de 25 años que residan con la persona discapacitada.
- Deducción ascendente o descendente de personas con discapacidad.
Las familias con un familiar discapacitado son elegibles para una deducción especial en los ingresos de 2021. Esta deducción está incluida en las deducciones por maternidad, familia numerosa y personas a cargo con discapacidad.
Al igual que ocurre con la deducción por maternidad, estas deducciones rebajan directamente la cuota diferencial al rebajar la cuantía del IRPF que de otro modo tendríamos que pagar.
Están cubiertas por la deducción general por invalidez las siguientes situaciones:
- El descendiente a cargo de cada descendiente a cargo.
- Por cada ascendiente a cargo que sea inválido.
- Para acomodar a una gran familia.
- Por ascendiente, legalmente divorciado o no, sin derecho a percibir rentas vitalicias, y con dos hijos.
Por cada descendiente o ascendiente con discapacidad, la deducción asciende a 1.200 anuales, siempre que den derecho a aplicar el mínimo personal y familiar que veremos más adelante.
Una familia numerosa acogida a una categoría especial verá incrementada esta cuantía en un 100%, o hasta 2.400 euros al año.
- Deducciones en la declaración de la renta por invalidez.
El derecho a la deducción podrá ser cedido a un solo miembro de una pareja casada que opte por presentar una declaración individual cuando más de un contribuyente sea elegible para utilizar estas deducciones; esta cesión no se considera una transmisión lucrativa a efectos fiscales.
Impuesto de circulación y de matriculación
En cualquier vehículo nuevo, el impuesto de matriculación para personas con discapacidad es del cero por ciento. En muchas ocasiones, esta bonificación no se refleja en el precio final porque se impone un impuesto en función de la cantidad de CO2 emitida por el vehículo, con un tipo impositivo del 0% para los vehículos que emitan menos o igual a 120 gr/km.
Como resultado, no pagarán una tarifa de registro adicional y, en cambio, pagarán el mismo precio que alguien sin discapacidad por cualquier vehículo que emita menos CO2 que esta cantidad.
Impuesto de Transmisiones Patrimoniales
Se debe pagar un impuesto particular que ha sido establecido por ley para comprar una nueva casa. Sin embargo, aquellos que puedan demostrar un nivel de discapacidad igual o superior al 33% son elegibles para una variedad de ayudas en el área de la compra de una nueva propiedad. También estarán calificados para una serie de ventajas para remodelar la casa para adaptarla a sus necesidades.
Según la normativa vigente, las personas con un grado de discapacidad reconocido del 33 por ciento tienen derecho a una serie de beneficios y ventajas fiscales. Este tipo de prestaciones no se pueden obtener con un grado de invalidez inferior. Además, el nivel mínimo de discapacidad requerido para calificar para la jubilación anticipada por discapacidad es del 45 por ciento.
En este sentido, el Gobierno de España está considerando diversas ayudas para la compra de viviendas para protección civil, entre las que se incluyen ayudas económicas para el pago inicial del inmueble y una bonificación de intereses del préstamo solicitado para su adquisición. Asimismo, también es posible acceder a diversas herramientas para la adaptación del hogar.
Los impuestos que hay que pagar hay que tenerlos en cuenta a la hora de comprar o vender una vivienda. El IV, que en este año 2022 asciende al 10%, es el impuesto más significativo en este sentido. El impuesto es de 10.000 euros para una vivienda de 100.000 euros.
Además, el tipo de IVA de las viviendas de protección oficial puede llegar al 4%, aunque varía en función de la Comunidad Autónoma (CCAA) y del tipo de vivienda social de que se trate.
Debe incluirse un segundo impuesto denominado Actos Jurídicos Documentados (IAJD), además del IVA. Sigue siendo el comprador quien paga este impuesto, y cada comunidad autónoma determina cuánto le costará.
Sin embargo, el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) es el impuesto que más se aplica a las viviendas usadas. La cuantía en este caso viene determinada por el porcentaje que se utiliza en relación con el precio escriturado y la comunidad autónoma donde se encuentra la vivienda. En la mayoría de los casos se utiliza un porcentaje de entre el 6 y el 10 por ciento.