Si la cuota de autónomos no fuera suficiente, adicionalmente estás obligado a presentar varias declaraciones como el IVA o el IRPF. La buena noticia es que hoy tenemos para ti como pagar menos IVA trimestral.
Si eres un profesional que trabaja por cuenta propia, ¿sabías que existen formas de pagar menos IVA? En este artículo, te mostraremos cómo reducir el IVA que pagas en tus declaraciones.
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¿Qué es el IVA trimestral?
Gestionas dos tipos de IVA como autónomo y para el funcionamiento de tu empresa: IVA soportado e IVA repercutido. El primero es el IVA que paga, o soporta, cuando compra los bienes o servicios que necesita para realizar su trabajo.
Un panadero, por ejemplo, necesita harina, levadura y sal para hacer pan, que es un ejemplo muy simple. Usted paga el IVA soportado cuando compra ingredientes. Aunque cobras IVA a tus clientes por el pan que vendes, este IVA es IVA repercutido.
Los autónomos deben determinar cuánto IVA han pagado y cuánto IVA han recaudado trimestralmente. Ten en cuenta que, dado que el IVA es un impuesto y no una cantidad que cobras, como trabajador por cuenta propia no puedes ganar ni perder con él.
Simplemente lo obtienes del estado (o lo pagas a otras empresas que realizan operaciones similares). Presentamos el modelo de IVA trimestral, también conocido como modelo 303, por ese motivo.
Guía del IVA trimestral
La llamada declaración trimestral, que deben realizar los trabajadores por cuenta propia cada cuatro meses —abril, julio, octubre y enero—, es obligatoria periódicamente.
Se distinguen dos aspectos:
- Las cuotas de IVA que el perito haya liquidado a los clientes o destinatarios de sus bienes o servicios.
- Las cuotas de IVA que el profesional apoyó o reembolsó a sus proveedores.
En este último ámbito, el autónomo puede deducirse de las autoliquidaciones periódicas, y debe deducirse del IVA que haya repercutido a sus clientes. Tanto los resultados adversos como los favorables son posibles.
Durante los primeros 20 días de abril, julio y octubre, los profesionales autónomos deberán presentar el Modelo 303 de la Agencia Tributaria para realizar este trámite.
Para poder realizar la autoliquidación del cuarto trimestre, Hacienda da como fecha límite el 30 de enero. El resumen anual de estos modelos es otra opción que debes tener en cuenta.
Como reducir el IVA trimestral
Generar rentabilidad y utilidad en su negocio es una de las metas de todo empresario que arriesga su patrimonio y sus recursos, y poder pagar menos impuestos como trabajador por cuenta propia es un componente crucial para lograr esa meta.
Retrasa la emisión de la factura
Según la normativa de facturación, tenemos hasta el día 15 del mes siguiente para presentar factura cuando hemos prestado servicios a otro empleador o empresa en España.
Podemos aplazar la emisión de la factura hasta el año siguiente si, a mediados de diciembre, afortunadamente el beneficio se ha disparado. Ahorraremos el pago en escalas de rentas más altas ese año porque el IRPF es un impuesto progresivo. Aplazaremos el IVA hasta el próximo trimestre.
Incluye cada gasto de la actividad
Hay dos formas principales de reducir el margen de beneficio a efectos fiscales y pagar menos impuestos, o bajamos los ingresos o aumentamos los gastos deducibles. Para este segundo, examinamos cualquier gasto en el que hayamos incurrido y del que tengamos una justificación por escrito.
Más detalladamente, los siguientes costos que son deducibles pero que normalmente no se incluyen:
- El costo del seguro de salud privado: No solo puedes desgravarte hasta 500€ de tu póliza de autónomo, sino que además puedes añadir 500€ más por cada miembro de la familia (cónyuge e hijos menores de 25 años si sus ingresos están por debajo de un determinado umbral).
- Gastos de propiedad y/o suministros desde su vivienda: cuando en el registro censal Modelo 036 se indique que realiza la actividad desde su vivienda y se le suma un porcentaje a la actividad.
- Costos del vehículo: si figuramos como propietarios del automóvil, podemos cancelar al menos el 50% de las porciones de IVA de las facturas, siempre que se pueda probar que debemos usar el vehículo para llevar a cabo nuestro negocio. estacionamiento, reparaciones y gasolina.
- Gastos de Dieta: Una posible deducción de 26,67 € por día. Si se utiliza tarjeta, válida.
Acelera la amortización de las inversiones
Si como consecuencia de nuestra actividad hemos adquirido bienes con una base imponible superior a 300 €, habremos tenido que clasificarlos como Bienes de Inversión y amortizar el gasto de acuerdo con las tablas fiscales que indican el máximo que se puede aplicar como gasto.
Computadoras, teléfonos móviles, automóviles, tabletas y bienes raíces se pueden encontrar en este grupo.
Las pequeñas empresas (ingresos anuales inferiores a 10 millones de euros) pueden multiplicar por dos la tasa de amortización (la tasa a la que se aplica el gasto). Además, los artículos de propiedad anterior se pueden multiplicar por dos.
Uso del Modelo 036
Es un error común registrar cuándo se va a emitir la primera factura al planificar el inicio de una actividad.
Esto puede costarle a usted como empresario la oportunidad de pagar menos impuestos porque los gastos incurridos antes de la puesta en marcha no serán reembolsables porque, legalmente hablando, la actividad no existía.
Las descargas siempre deben hacerse en el momento oportuno, que suele ser antes de que tengamos que hacer frente a toda la lista de costes e inversiones iniciales.
Escoge un buen sistema de tributación
Régimen en el que el impuesto sobre la renta se paga en base a cantidades fijas en función de la potencia o consumo eléctrico del local, potencia del vehículo, contadores o mesas en el domicilio de la actividad. No se basa en beneficios reales.
Estimación directa, que es el reembolso basado en los beneficios reales.
Reducción
Podrán utilizarlo, directa o indirectamente, los autónomos que hayan tenido unos ingresos netos inferiores a 5 millones de euros en el ejercicio 2014.
Su uso está sujeto a dos requisitos: que mantenga o incremente el empleo en el año en cuestión, y que la plantilla media en todas sus actividades sea inferior a 25 personas.
Las condiciones previstas para la aplicación de esta reducción deberán ser cumplidas por el contribuyente (socio, comunero o partícipe de la actividad), no por la entidad acogida al régimen de atribución de rentas a través de la cual se desarrolle la actividad económica, en caso de que la actividad se realiza a través de uno.
Los contribuyentes pueden restar el 20% del monto total de los ingresos netos positivos informados de todas las actividades. En cada uno de los períodos impositivos en los que se cumplan las condiciones anteriores, la reducción se aplicará de forma separada.
La reducción máxima no puede exceder del 50% de la remuneración total que el contribuyente pagó al conjunto de sus trabajadores durante el ejercicio fiscal, excluida la Seguridad Social que le corresponda pagar a la empresa.
Deducción a empresarios menores de 35 años en Madrid
Madrid es una Comunidad Autónoma que ha hecho uso de sus competencias y, en consecuencia, regula sus propias deducciones aplicables a los contribuyentes que tengan su residencia habitual en este territorio.
Entre estas deducciones se encuentra la del estímulo a jóvenes menores de 35 años para que inicien su propio negocio.
El artículo 16 del Decreto Legislativo 1/2010, aprobado por el Consejo de Gobierno el 21 de octubre y por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales de la Comunidad de Madrid en materia de impuestos cedidos por el Estado, establece que los contribuyentes menores de 35 años que se den de alta en el por primera vez en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores en los términos del Real Decreto 1065/2007, aprobado el 27 de julio y por el que se aprueba el Reglamento General de Actuaciones y Procedimientos Administrativos.
Por su parte, la deducción se realizará durante el ejercicio impositivo en que el contribuyente se dé de alta en el citado Censo, siendo condición indispensable para su utilización que la actividad se realice fundamentalmente dentro de la Comunidad de Madrid y que el contribuyente permanezca en el citado Censo durante al menos un año después del registro.
Sanciones por impago de IVA
Se aplicará una sanción si se presenta una declaración negativa fuera de plazo porque el resultado no puede ser repercutido. La sanción será multa pecuniaria fija de 200 euros.
Por cada dato o conjunto de datos referentes a la misma persona o entidad que hubiera debido incluirse en la declaración informativa, se impondrá una multa de 20 euros. Esta multa oscila entre 300 euros como mínimo y 20.000 euros como máximo.
Se puede obtener una reducción del 25% de la multa si la sanción se paga voluntariamente y sin acusación alguna. Las sanciones se reducen a la mitad (en un 50%) si los modelos se presentan sin la aprobación previa de Hacienda.
Es paradójico que Hacienda sancione con mayor severidad las comunicaciones negativas que llegan fuera de plazo que las positivas, aunque no siempre se pueden aplicar sanciones cuando no hay requerimiento previo, dependiendo de la delegación que tramita la comunicación.
Sin requerimiento previo de Hacienda, las declaraciones y autoliquidaciones que se presenten fuera de plazo no incurrirán en penalización.
En función del tiempo que haya transcurrido desde la finalización del plazo voluntario para la presentación del impuesto, sólo se les exigirá el pago de un recargo superior sobre la salida del modelo.
Será de la siguiente manera:
- El 5 por ciento del resultado si el ingreso se produce dentro de los tres meses siguientes al plazo.
- Si el ingreso se produce entre tres meses y un día y seis meses después del plazo de la declaración, el porcentaje es del 10 por ciento.
- Si la renta se produce entre seis meses y un día y doce meses después del plazo de la declaración, la tasa del impuesto es del quince por ciento.
- 20 por ciento si los ingresos ingresan después de 12 meses de vigencia del término de declaración. Retrasar los pagos de intereses por tiempo más allá de 12 meses también.