¿Tu búsqueda en Google ha sido la siguiente: “tengo la nacionalidad española y quiero traer a mi hijo”? Pues has entrado al artículo correcto, aquí te informaré sobre este tema.
Cualquier extranjero residente en España con permiso de residencia en vigor puede traer consigo a sus familiares a través del proceso legal de extranjería conocido como reagrupación familiar. Puede darles rápidamente permiso para vivir y trabajar allí de esta manera.
En otras palabras, ahora puede traer a sus familiares a España y obtener un permiso de residencia sin problemas si tiene un permiso de residencia o si ha adquirido la nacionalidad española.
Me esforzaré en resumir todas las sugerencias, requisitos legales y pasos a seguir en este artículo si quieres reagrupar en España a un menor extranjero.
Existe un sistema de clasificación de los requisitos, que se desglosa en si su hijo ya ha cumplido los 21 años, en cuyo caso se determinará la necesidad de requisitos específicos.
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Requisitos para la Reagrupación Familiar en régimen general
- No ser familiar de una persona que se encuentre bajo el régimen de ciudadano de la unión o ciudadano de un estado miembro de la UE, Suiza o cualquiera de estos países.
- No estar infringiendo la legislación española.
- No estar impedido de entrar en España y no ser considerado inaceptable dentro de las fronteras de las naciones con las que España tenga firmado un convenio al efecto.
- No estar, en su caso, en el período de compromiso de no retorno a España.
- No padecer ninguna de las enfermedades que, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento, puedan tener efectos negativos graves para la salud pública.
- Haber pagado la tasa de tramitación del trámite.
- Poseer recursos económicos suficientes.
- Documentación que acredite el parentesco con el reorganizado.
Debes tener en cuenta estos factores al reagrupar a tu hijo pequeño.
- Asegurarte de que tu permiso de residencia ha sido renovado de acuerdo con las condiciones especificadas por la legislación española.
- De forma online o presencial, como explicaré más adelante, presentar una solicitud de reagrupación familiar.
- Una vez aprobada la Resolución de Reunificación Familiar del menor, solicitar visa en el país de origen.
- Tras recibir el visado y haber llegado a España, presentar una solicitud de TIE.
¿Qué documentos debo llevar?
- Modelo oficial de solicitud, debidamente cumplimentado y firmado por el patrocinador.
- Copias del NIE, título de viaje u otro documento de registro legítimo del patrocinador.
- Partida de nacimiento del menor, que acredite su vinculación con el patrocinador.
- Una copia de la documentación que acredite su empleo y/o tener suficiente dinero para cubrir los gastos familiares; los siguientes documentos son aceptables.
Trabaja por cuenta ajena:
- Una réplica del contrato de trabajo.
- La declaración de impuestos más reciente.
- Las últimas seis nóminas.
Trabaja por cuenta propia:
- Reconocer el trabajo realizado.
- Las dos últimas declaraciones de renta e IVA presentadas del último año calendario, o la última declaración de renta.
- Prueba de que se tiene acceso a atención médica garantizada.
- Registros que acrediten tener una vivienda adecuada.
Se requiere la presentación de un informe de la autoridad de la comunidad autónoma de residencia del reagrupante o, si lo autoriza la comunidad autónoma, un informe del Ayuntamiento que acredite que se dispone de una vivienda adecuada.
Si la Comunidad Autónoma del lugar de residencia del promotor no responde en el plazo de 30 días desde la fecha de la solicitud, podrá presentarse para acreditar que dispone de vivienda adecuada, documentación o título que autorice la ocupación de la vivienda, el número de habitaciones, el uso al que se destina cada dependiente, el número de ocupantes, y las condiciones de habitabilidad y equipamiento.
Además, debes entregar una copia del recibo que recibiste después de enviar tu solicitud de informe a tu corporación local o comunidad autónoma.
- Una copia del pasaporte completo y vigente de la parte reunida u otro documento de viaje.
- Copia de la prueba legal de las uniones o representaciones de hecho, así como de los vínculos familiares o de parentesco.
Para los hijos, se deberá aportar la siguiente documentación:
- Documentación que acredite que el patrocinador es el único que tiene la patria potestad; que al patrocinador se le haya otorgado la custodia del menor; que el otro progenitor haya dado permiso para que el menor resida en España con el progenitor con el que se reagrupa; o que el menor resida actualmente en España con el progenitor que organiza la reagrupación.
- Documentación que demuestre que una persona mayor de dieciocho años no es realmente capaz de satisfacer sus propias necesidades.
Para dar de alta a tu hijo como residente extranjero en España, deberás realizar este trámite en el registro civil de la ciudad.
Tengo la nacionalidad española y quiero traer a mi hijo
Las personas que se han convertido recientemente en ciudadanos o están esperando la finalización de este proceso ahora son muy comunes.
Al adquirir esta nacionalidad española, uno puede, en cierto sentido, beneficiarse de existir como ciudadano de España.
El primero de ellos se refiere a la familia y la posibilidad de reagrupar, por ejemplo, a los hijos mayores de edad, algo que no es posible cuando se es extranjero y se dispone de tarjeta de residencia en régimen general.
Traer a mi hijo menor de 21 años
Si tu hijo es menor de 21 años y quieres traerlo a España, puedes obtener una Autorización de Residencia por Circunstancias Excepcionales, Raíz Familiar.
Dado que básicamente solo necesita proporcionar pruebas de que su hijo se mudará con usted a España, esta es la opción más rápida y sencilla para que su hijo se mude allí.
Hay que tener en cuenta dos cosas aquí:
- Si necesita visado para entrar en España, deberá solicitar el correspondiente visado de reunificación en el Consulado de España de su país de residencia como hijo de ciudadano español. Hay que recordar que los hijos de españoles se han incorporado a la figura del Raíz Familiar como consecuencia de la reforma de las leyes de extranjería. Este tipo de autorización no viene con una visa específica, por lo que es posible que el Consulado lo siga tramitando como familiar de un comunitario como hasta ahora o tramitando otro tipo de visa para estos familiares. miembros
- Si su hijo es ciudadano de una nación que no requiere visa, podrá viajar sin ella, eso sí, siempre y cuando tenga la documentación necesaria. El DNI compulsado de tu padre o madre, tu partida de nacimiento debidamente legalizada o apostillada y, en su caso, traducida, etc. son algunos ejemplos de la documentación que debes llevar contigo.
Cuando tu hijo haya llegado a España, puedes presentar una solicitud de Arraigo Familiar en la Oficina de Extranjería correspondiente.
Traer a mi hijo mayor de 21 años
Si eres ciudadano español y quieres traer a tu hijo, pero ya tiene más de 21 años, hay algunas consideraciones que debes tener en cuenta.
Reagrupación familiar como hijo de español
Realizar una “reagrupación familiar” es la primera opción para traer a tu hijo a España.
Aquí, debe demostrar que es su hijo y que está bajo su cuidado además de establecer su filiación. Los hijos mayores de 21 años no pueden ser reagrupados bajo este procedimiento de Raíz Familiar salvo que estén a su cargo, según la normativa que lo regula.
Adicionalmente, no existe otra distinción en la norma que rige este procedimiento distinto de la afirmación “quien vive a cargo”. Esto hace que determinar si su hijo depende económicamente de usted y esté bajo su cuidado sea más o menos estricto en cada Consulado u Oficina de Extranjería.
El control de la vida familiar, social y laboral de su hijo en el país de origen también es bastante común en estas situaciones.
La forma más habitual de demostrar la dependencia económica de tu hijo en esta situación es enviarle transferencias de dinero desde España para sustentar la afirmación de que depende completamente de ti.
Como antes, se deben hacer las siguientes consideraciones para reagrupar a su hijo mayor de 21 años:
- Si necesita visado, su hijo deberá solicitarlo en el Consulado de España que corresponda a su domicilio para obtener el visado necesario como hijo de español. Debes tener en cuenta que los hijos de españoles se han incorporado a la figura del Raíz Familiar como consecuencia de la reforma de las leyes de extranjería. Este tipo de autorización no viene con una visa específica; en cambio, el Consulado puede gestionarlo como familiar de un comunitario, como hasta ahora, o puede gestionar otro tipo de visado para estos familiares.
- Si no necesita visa, puede ingresar a España, pero asegúrese de traer toda la documentación necesaria.
Puedes solicitar la Autorización de Residencia por Circunstancias Excepcionales, conocida como “Arraigo Familiar” en la Oficina de Extranjería correspondiente una vez que tu hijo haya llegado a España.
Otras vías para traer a mi hijo mayor de 21 años
No podrás traer a tu hijo a España bajo la presunción de Raíz Familiar si eres ciudadano español, si es mayor de 21 años, y no está a tu cargo. A continuación, discutimos otras opciones para traerlo a España.
Autorización de Residencia y Trabajo Cuenta Ajena Preferente
Si tu hijo es mayor de 21 años y viajar a España sin ti es la primera opción, deberá solicitar una Autorización de Residencia y Trabajo Preferente.
Ya sabes que superar la Situación Nacional de Empleo es necesario cuando queremos realizar una autorización de residencia y trabajo inicial por cuenta ajena.
Indica que la oferta de trabajo se publica en el Servicio Público de Empleo antes de que se inicie el proceso de contratación del trabajador extranjero que reside fuera de España. De esta manera, el servicio público buscará un empleado potencial para ese puesto.
Actualmente es casi imposible obtener un certificado negativo del Servicio Público de Empleo que acredite que ni un español ni un extranjero residente legal pueden ocupar nuestro puesto.
Hay una serie de circunstancias bajo la Ley de Inmigración donde no se requiere pasar la situación laboral. El artículo 40 de la Ley Orgánica 4/2000, publicada el 11 de enero, regula estas presunciones. Lo anterior está probado en primera instancia.
Los familiares reagrupados en edad de trabajar, o el cónyuge o hijo de extranjero residente en España con autorización renovada, así como los hijos de español nacionalizado o de ciudadanos de otros Estados miembros de la UE y de otros Estados parte en el Espacio Económico de la UE.
Siempre que éstos hayan residido legalmente en España durante al menos un año y no se aplique al menor el régimen comunitario.
En base a este supuesto, puede traer a su hijo a España sin tener que resolver la Situación Nacional de Empleo.
Por supuesto, deberá localizar a un empresario o empleador que esté preparado para contratar a su hijo como empleado, tenga los recursos necesarios y no tenga obligaciones pendientes con el gobierno o el sistema de Seguridad Social.
Los principales métodos para traer a su hijo mayor de 21 años son los siguientes, pero también podríamos considerar otras posibilidades como:
- Aprobación de estancia con Fines Académicos.
- Autorización de residencia por motivos profesionales.
- Autorización de residencia y trabajo por cuenta propia.